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001624
2021-02-25

Obligación de notificación

En caso de eventos especificados en el art. 33 y 34 del RGPD, así como en caso de infracciones por parte del contratista o personas empleadas por el contratista contra las normas para la protección de datos personales o las disposiciones estipuladas en este contrato de DP, incluidos sus anexos, el contratista estará obligado a tomar medidas para evitar los peligros resultantes para la integridad y confidencialidad de los datos personales sin demora indebida. En tales casos, el contratista también estará obligado a notificar al cliente y al delegado de protección de datos del cliente' las circunstancias precisas sin demora indebida, incluidas las causas, el momento exacto, así como la extensión del evento, y para coordinar el procesamiento posterior de los datos personales con el cliente.